EJECUCIÓN HIPOTECARIA Y PROTECCIÓN DEL DEUDOR HIPOTECARIO EN EL CONTEXTO DE LA CRISIS ECONÓMICA.
Palabras clave:
DACIÓN EN PAGOResumen
El tema, objeto de nuestro estudio, parte del contexto social y económico de crisis económica por la que atravesamos, con una situación de sobreendeudamiento hipotecario de los consumidores que ha multiplicado las ejecuciones hipotecarias y en el que se encuentran implicados derechos fundamentales como el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a una vivienda digna ex artículos 24 y 47 de la Constitución Española. En dicha coyuntura se dicta el Auto 111/2010, de 17 de diciembre, de la Audiencia Provincial de Navarra, que ha suscitado una enorme polémica, ya que declara que no procede continuar la ejecución cuando el acreedor hipotecario se ha adjudicado el bien hipotecado por un valor inferior al de tasación, generando un debate social y jurídico sobre una materia compleja y de gran importancia en la práctica, que ha hecho que salgan a la luz las imperfecciones de nuestro sistema en materia de ejecuciones hipotecarias. Analizaremos doctrinal y jurisprudencialmente la conveniencia o no de reconocer al deudor hipotecario el derecho a liberarse de la deuda mediante la entrega del bien hipotecado al acreedor, en definitiva, la posible limitación de responsabilidad. Con la finalidad de buscar soluciones al problema del sobreendeudamiento hipotecario, se dicta el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de los deudores hipotecarios sin recursos que se completa con un Código de Buenas Prácticas, en él se establecen diversas medidas conducentes a permitir la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen extraordinarias dificultades para atender a su pago, así como mecanismos de flexibilización de los procedimientos de ejecución hipotecaria, haciéndolos más transparentes y baratos a través de un nuevo sistema de subastas on line, sin deteriorar los elementos fundamentales de la garantía hipotecaria.