DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE Y PROPIEDAD PRIVADA TRAS LA LEY 2/2013.
Palabras clave:
DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE, DESAFECTACIÓN, REINTEGROResumen
La Ley 2/13 ha clarificado en algunos puntos la definición de los elementos integrantes del dominio público marítimo-terrestre; pero asimismo desafecta algunos terrenos y, en otros casos, los mismos dejan de ser ribera del mar y se posibilita pues su desafectación. No obstante, en algunos extremos, la Ley habría debido ser más clara en cuanto a la situación de los antiguos propietarios de terrenos cuya desafectación ahora se permite.
Descargas
Los datos de descarga aún no están disponibles.
Publicado
01-01-2014
Número
Sección
ESTUDIOS LEGISLATIVOS
Cómo citar
DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE Y PROPIEDAD PRIVADA TRAS LA LEY 2/2013. (2014). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 742, 463 a 520. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/1704