LA PENSIÓN COMPENSATORIA TEMPORAL FRENTE A LA PENSIÓN VITALICIA.
Palabras clave:
PENSIÓN COMPENSATORIA, PENSIÓN VITALICIAResumen
El tema y la correspondiente problemática jurídica que plantea la cuestión de la pensión compensatoria temporal frente a la tradicional pensión compensatoria vitalicia -o de larga duración-, es sin duda, uno de los más apasionantes de los que se pueden abordar en el ámbito del Derecho de Familia y, en concreto, en el marco de los procesos matrimoniales de separación y/o divorcio. En la actualidad, es frecuente, tanto en los procesos de carácter consensuado, como en los contenciosos, incluir la cláusula, bien en convenio regulador, o en la demanda de separación o divorcio, de establecimiento y fijación de una pensión compensatoria temporal para uno de los cónyuges, es decir, la temporalización de la pensión compensatoria, frente a la tradicional fijación de una pensión vitalicia para uno de los cónyuges. La práctica forense enseña que, a veces, es abusivo el establecimiento de una pensión vitalicia, o de muchos años de duración, por lo cual la doctrina actual tiende a considerar que suele ser más equitativa la fijación de una pensión con carácter temporal, para evitar que uno de los cónyuges se enriquezca a costa del otro.