LA RENUNCIA AL DOMINIO EN UN RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.
Palabras clave:
RENUNCIA, DOMINIO, PROPIEDAD HORIZONTAL, REGISTRO PROPIEDAD, PERJUICIO DE TERCEROSResumen
En este trabajo se va a analizar la posibilidad de renunciar a la propiedad de un piso o local en un edificio en régimen de propiedad horizontal. En concreto, nos planteamos esta posibilidad, a raíz de la RDGRN de 30 de agosto de 2013, que analiza la inscripción de la renuncia abdicativa de dominio de un local por su propietario. La dificultad de admisión de esta renuncia puede encontrarse en la especial naturaleza de la propiedad horizontal, donde coexiste un derecho de propiedad exclusivo sobre el piso o local, y un régimen de copropiedad ordinaria, con la correspondiente cuota, sobre los elementos comunes, lo que puede conducir, de alguna forma, a que la renuncia a esa especial propiedad pueda afectar a terceros (los otros copropietarios), siendo por este motivo rechazada. Se estudiaran los requisitos de la renuncia, la renuncia como causa común, propia y hasta identificativa de los derechos reales, su admisión, y se profundizara en los argumentos que ofrece la Dirección General para rechazar en este caso concreto la renuncia.