LA HERENCIA YACENTE COMO PARTE DEMANDADA: CUATRO ODISEAS PROCESALES.
Palabras clave:
HERENCIA YACENTE, LEGITIMACIÓN PROCESAL, IGNORADOS HEREDEROS, INDEFENSION, LLAMADOS A LA HERENCIA, ADMINISTRADOR HEREDITARIOResumen
En este estudio se analizan las especialidades procesales que emergen cuando una de las partes en litigio es una herencia yacente. Partiendo del reconocimiento formal de la capacidad procesal de la herencia yacente en el artículo 6.1.4o de la LEC y admitida por la jurisprudencia desde mediados del siglo XX, nos adentramos en las concretas dificultades jurídicas y fácticas que comporta el hecho de que esa aptitud subjetiva carezca de desarrollo más allá del artículo 6.1.4o LEC y de la ambigua previsión que incluye después el artículo 7.5 LEC. Desde la complejidad procesal que puede comportar la duda sobre si el demandado vive o ha fallecido, y su patrimonio se encuentra provisionalmente sin titular, ya sea antes del proceso, durante el mismo o en el momento de ejecutar, al cumulo de cautelas que deben tomarse para evitar que por apreciar el órgano judicial indicios de indefensión para los futuros destinatarios de esa herencia yacente el proceso seguido sea inútil. Como complemento a lo anterior, y vinculado también a ese riesgo de indefensión, se aborda el examen de la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre inscripciones y anotaciones derivadas de un litigio y relativas a bienes integrados en una herencia yacente.