EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR EL REPRESENTANTE VOLUNTARIO: NOTAS PARA UNA REVISIÓN DE SU CONCEPCIÓN DOGMÁTICA.
Palabras clave:
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, REPRESENTANTE VOLUNTARIO, TERCERO, DEUDORResumen
El presente trabajo constituye una revisión de los fundamentos que tradicionalmente han concebido por la doctrina que el cumplimiento de la obligación realizado por el representante es cómo si lo hubiera realizado el propio deudor. Sin embargo hoy, la doctrina civil debe replantearse tal aseveración partiendo de la determinación de los presupuestos de la representación voluntaria y el propio cumplimiento de las obligaciones; teniendo en consideración las múltiples teorías que en relación a ambas categorías se han esgrimido. Aunque se pretenda justificar como una fictio iuris, lo cierto es que concebir el cumplimiento del representante como el realizado por el propio deudor, tanto por la legislación y la doctrina, resulta improcedente. Esta concepción entra en franca contradicción con la concepción del régimen de responsabilidad entre el actuar del representante y el actuar del deudor.