El maltrato psicológico como justa causa de desheredación de hijos y descendientes.
Palabras clave:
Desheredación, Maltrato psicológico, Hijos, Descendientes, Ascendientes, LegítimaResumen
Frente al carácter tasado y la interpretación restrictiva de las causas de desheredación de los hijos y descendientes contenidos en el artículo
853 del Código Civil, se aboga por una interpretación flexible adaptada a la realidad social actual y al máximo respeto a la dignidad de la persona del causante, posibilitando con ello que se incluya el maltrato psicológico enten- dido como falta de atención y menosprecio dentro de la causal del maltrato de obra, superando el aspecto físico. En esta línea, opera la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de junio de 2014. Sobre la desheredación de los hijos y descendientes y esta novedosa orientación jurisprudencial se va a centrar el presente estudio.