EL DERECHO DE TIEMPO COMPARTIDO EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL ARGENTINO.
Palabras clave:
DERECHO CIVIL Y COMERCIAL, ARGENTINA, TIEMPO COMPARTIDO, CONSUMIDOR, EMPRENDIMIENTOS, TURISMOResumen
La presente investigación tiene como objeto analizar el nuevo Código Civil argentino, el cual contiene novedades de gran importancia en el ámbito de los Derechos Reales. Se observa una ampliación en su objeto, en las categorías (sobre cosa propia o sobre cosa ajena) y en su contenido. Puntualmente en materia de tiempo compartido, se supera la reglamentación impuesta por la normativa especial que primeramente lo reguló. Se presenta ahora como un sistema ordenado de protección estandarizada de los titulares, quienes contarán con la oponibilidad propia de los derechos reales. Los emprendedores gozan de garantías para encarar los desarrollos, limitados por los principios de buena fe y debida diligencia.