DERECHO DE ATRIBUCIÓN PREFERENTE DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES.
Palabras clave:
SOCIEDAD DE GANANCIALES, COMUNIDAD POSTGANANCIAL, PARTICIÓN, DERECHO DE ATRIBUCIÓN PREFERENTE, EXPLOTACIÓN, CÓNYUGE, HEREDERO, SOCIEDAD, ACCIONES, PARTICIPACIONESResumen
El presente trabajo tiene por finalidad realizar unas reflexiones sobre el derecho de atribución preferente sobre acciones y participaciones sociales dentro de la partición de la comunidad postganancial, lo cual requiere justificar que este derecho puede tener tal objeto y concretar en qué condiciones existirá y podrá ser ejercitado. No obstante, para conseguir tal objetivo, se hace también preciso referirse a ciertas cuestiones de carácter más general pero que deben ser previamente resueltas porque determinarán el enfoque y las soluciones que podamos dar a los problemas inicialmente planteados. Por esta razón, en una primera parte se aborda el concepto, finalidad, requisitos subjetivos y objeto de la atribución preferente del artículo 1406.2 del Código Civil y, en una segunda, la atribución preferente de las acciones y participaciones sociales, distinguiendo entre tipos de sociedades.