EL INCUMPLIMIENTO ESENCIAL DEL CONTRATO COMO CATEGORÍA INDEPENDIENTE DEL INCUMPLIMIENTO RESOLUTORIO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.
Palabras clave:
INCUMPLIMIENTO ESENCIAL, NUEVA PERSPECTIVA, RESOLUCIÓN DEL CONTRATO, SATISFACCIÓN DEL ACREEDOR, JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMOResumen
En este trabajo analizamos el incumplimiento esencial como categoría diferenciada del incumplimiento con carácter resolutorio tanto desde el punto de vista conceptual como desde su régimen jurídico. Dicha categoría se encuentra presente en el Derecho Contractual europeo y encuentra su base en la STS de 18 de noviembre de 2013 la cual ofrece una perspectiva novedosa del incumplimiento esencial centrándolo en la satisfacción del acreedor indagando en la causa concreta o base del negocio y aplicando criterios diferentes a los tradicionales de los incumplimientos prestacionales restitutorios basados en la gravedad del incumplimiento y el carácter principal de la prestación, dicho planteamiento tiene continuación en la STS de 29 de enero de 2014.