Los negocios de configuración del patrimonio común en la sociedad de gananciales: autonomía privada de los cónyuges y Registro de la Propiedad
Palabras clave:
Autonomía privada, Gananciales, Registro de la PropiedadResumen
Los cónyuges casados en régimen de gananciales pueden acordar, en el ejercicio de su autonomía privada, la transmisión de bienes privativos a la masa común y a la inversa. Las principales dificultades que plantean estos negocios se suscitan en el ámbito registral, pues para poder inscribirlos en el Registro de la Propiedad la DGRN exige, con base en el principio de legalidad, el cumplimiento de determinados requisitos relativos a la causa y al título formal. De lo que se trata en el presente trabajo es de examinar esta doctrina, que resulta controvertida, y de señalar el punto equilibrio entre el pleno respeto de la libertad contractual reconocida a los cónyuges y el principio de seguridad jurídica.