Principales consideraciones sobre el depósito en garantía. (Ley 474 del Fuero Nuevo
Palabras clave:
Garantía, Dinero, Prenda irregular, Depósito, Garantía real, Fiducia en garantía, Prenda de créditosResumen
El presente trabajo sintetiza las principales cuestiones en torno a la ley 474 del Fuero Nuevo, que bajo la denominación «depósito en garantía», contempla la entrega de dinero o bienes fungibles, al acreedor o a un tercero, con finalidad de garantía. Además de establecer cuáles son los elementos que lo definen, y que permiten diferenciarlo de figuras muy próximas como la prenda de créditos, resulta fundamental distinguir entre el depósito en garantía en manos del acreedor y en manos de tercero, pues se concluye que ostentan diferente naturaleza. Ello tiene importantes consecuencias, principalmente en cuanto a la defensa del acreedor garantizado frente a otros acreedores del deudor, así como en caso de concurso del depositario en garantía.