Efectos patrimoniales en el régimen de separación de bienes.
Palabras clave:
Régimen de separación de bienes, Cargas del matrimonio, Liquidación del régimen, Reembolsos, Rendición de cuentas, Adjudicación de bienes, Contribución al trabajo domésticoResumen
El régimen de separación de bienes se caracteriza porque cada cónyuge conserva la titularidad de los bienes adquiridos antes de pactar el régimen o lo que adquiera después vigente el régimen, asimismo, a cada cónyuge le corresponde la administración, goce y libre disposición de los bienes y además, las obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad. Durante la vigencia del régimen cada cónyuge contribuirá al sostenimiento de las cargas del matrimonio (arts. 1318 y 1438 del Código Civil) tal como hayan acordado las partes y, a falta de pacto, se procederá a la contribución en proporción a los respectivos recursos económicos, siendo el trabajo para la casa un modo de contribución. A la extinción y liquidación del régimen, que puede ser consecuencia de una crisis matrimonial, el trabajo para la casa podrá dar derecho a compensación. El presente estudio se va a centrar en el análisis de lo que representa el sostenimiento de las cargas del matrimonio, vigente el régimen de separación, y tras su extinción y liquidación los efectos patrimoniales que se derivan del mismo.