Cesión de créditos de consumidores en la sentencia del Tribunal de Justicia de la unión europea de 7 de agosto de 2018

Autores/as

  • FRANCISCO REDONDO TRIGO

Palabras clave:

Cesión de créditos y consumidores

Resumen

La  sentencia del  Tribunal de  Justicia de  la unión europea  de  8 de  agosto de  2018  establece que  la directiva  93/13  debe  interpretarse en  el sentido  de  que  no  es  aplicable a  una práctica empresarial de  cesión o  compra de créditos frente a un  consumidor, sin  que  la posibilidad de tal  cesión esté  prevista en  el  contrato de  préstamo celebrado con  el  consumidor, sin  que  este  último haya tenido conocimiento previo de  la  cesión ni  haya dado su  consentimiento y  sin  que  se  le  haya ofrecido la  posibilidad de  extinguir la  deuda con  el  pago del  precio, intereses, gastos y costas del  proceso al cesionario. Por  otra parte, la citada directiva  tampoco es  aplicable a  disposiciones nacionales, como las  que figuran en  el artículo 1535  del  Código civil  y en  los  artículos 17 y 540  de  la Ley de  enjuiciamiento  Civil,  que  regulan la transmisión de  créditos y la sustitución del  cedente por  el cesionario en  los  procedimientos en  curso.

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Publicado

31-12-2018

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO MERCANTIL (2013-2021)

Cómo citar

Cesión de créditos de consumidores en la sentencia del Tribunal de Justicia de la unión europea de 7 de agosto de 2018. (2018). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 770, 3424 a 3343. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/1067