La responsabilidad civil de las aseguradoras de asistencia sanitaria respecto a los médicos incluidos en su cuadro facultativo
Palabras clave:
Responsabilidad solidaria, responsabilidad médica, Prestación de servicio sanitario, Responsabilidad por hecho ajeno, Seguro de asistencia sanitariaResumen
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 20 de septiembre de 2018 establece la responsabilidad solidaria de la aseguradora de asistencia sanitaria y de los facultativos incluidos en su cuadro frente al ase- gurado perjudicado por mala praxis médica, fundamentándose la misma en la responsabilidad civil por hecho ajeno derivada de su vigilancia y elección, y en el contrato de seguro. Se considera que la aseguradora tiene una acción de repetición contra los médicos como dependientes o como auxiliares contractuales. ejercitada esta acción, los médicos deben hacer frente al pago total de lo reclamado, sin que se le pueda atribuir ninguna cuota a la entidad de asistencia sanitaria. este artículo realiza un análisis de la doctrina jurisprudencial respecto a la delimitación de la responsabilidad en los daños causados por mala praxis médica y, en concreto, la imputación de la responsabilidad a las aseguradoras de asistencia sanitaria respecto a los médicos incluidos en su cuadro médico y la acción de repetición contra dichos profesionales.