Designación de los árbitros: principios y mecanismos que garantizan su imparcialidad. Referencia al ejercicio de funciones arbitrales por registradores de la propiedad y notarios
Palabras clave:
Arbitraje, Imparcialidad, Independencia, Registrado- res de la propiedad y notariosResumen
El arbitraje, como sistema de resolución alternativa de controversias, está basado en la confianza de los que a él acuden. Para conseguir esa confianza es imprescindible que el proceso de designación de los árbitros respete el principio de igualdad de las partes. Los árbitros serán nombrados con sujeción a lo previsto por los que se someten al arbitraje, a lo establecido en el reglamento de la institución arbitral y, cuando ello no sea posible, a través del procedimiento judicial previsto en la Ley. También están legalmente previstos los mecanismos para garantizar la independencia e imparcialidad de los árbitros. Los registradores y notarios pueden actuar como árbitros, pero, dadas las diferencias en su régimen de actuación profesional, los requisitos de independencia e imparcialidad se verán mucho más comprometidos en el caso de los notarios.