[1]
“EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE REEMBOLSO POR PARTE DEL VENDEDOR HACE DECAER SU DERECHO DE RETRACTO Y CONSOLIDA DE MANERA DEFINITIVA EL DOMINIO DE LA COSA VENDIDA”., RCDI, no. 703, p. 2327 a 2340, Oct. 2007, Accessed: Dec. 22, 2024. [Online]. Available: https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2670