[1]
“LA CAUSA COMO RAZÓN DE SER DEL CONTRATO SE IDENTIFICA CON EL PROPÓSITO ÚLTIMO Y COINCIDENTE QUE CONDUCE A LAS PARTES A SU CELEBRACIÓN”., RCDI, no. 705, p. 415 a 422, Feb. 2008, Accessed: Dec. 22, 2024. [Online]. Available: https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2634