La responsabilidad del cedente en la cesión de créditos. análisis de los artículos 1529 y 1530 del código civil

Responsabilidad civil

Autores/as

  • Remedios Aranda Rodríguez Profesora titular de universidad Universidad Carlos III de Madrid

DOI:

https://doi.org/10.36151/

Palabras clave:

La Cesión de créditos, responsabilidad del cedente, existencia y legitimidad del crédito, insolvencia del deudor cedido, duración garantía

Resumen

El presente trabajo analiza un breve estudio jurisprudencial sobre el contenido y alcance de la responsabilidad del cedente cuando transmite su derecho de crédito al cesionario. Conforme al artículo 1529 el cedente responde siempre de la existencia y legitimidad del crédito, cedido, teniendo su responsabilidad un alcance mayor si existía mala fe por parte del cedente. Además, también responde de la solvencia del deudor cedido si hubiera habido un acuerdo con el cesionario en este sentido o bien si la insolvencia del deudor fuera anterior y pública al contrato de cesión, requisitos originales del Derecho español que se analizan en este trabajo, para los cuales el art. 1530 señala un plazo de garantía.

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Publicado

14-02-2024

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES

Cómo citar

La responsabilidad del cedente en la cesión de créditos. análisis de los artículos 1529 y 1530 del código civil: Responsabilidad civil. (2024). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 799, 3003-3019. https://doi.org/10.36151/