La exoneración del crédito público en el Derecho transitorio tras la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal

Derecho concursal

Autores/as

  • Teresa Asunción Asunción Profesora Titular de Derecho Civil Universidad Complutense de Madrid

Palabras clave:

Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, Crédito público, Cuestiones prejudiciales

Resumen

Los Tribunales españoles han planteado diversas cuestiones prejudiciales de interpretación de la Directiva 2019/1023. Las dudas sobre la adecuación de la legislación española a los principios inspiradores de dicha Directiva se refieren tanto al régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho anterior a la norma de transposición (Ley 16/2022), como al régimen jurídico derivado de la transposición y hoy vigente (Texto Refundido de la Ley Concursal en la versión dada por la Ley 16/2022).

La cuestión de fondo que se plantea es si el impago de ciertas deudas de derecho público puede impedir el acceso a la exoneración (interpretación del artículo 23.2 de la directiva) y si las deudas de derecho público son deudas exceptuadas de exoneración por existir un interés público en el cumplimiento de las mismas (interpretación del artículo 23.4 de la directiva). En el presente artículo analizamos el AAP de Alicante, sección 8ª, de 11 de octubre de 2022, tramitado ante el TJUE como el Asunto C-687/222; el AAP de Alicante, sección 8ª, de 31 de enero de 2023, tramitado como el asunto C – 111/23 ante el TJUE; el Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, de 25 de abril de 2023 y el Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona, de 2 de mayo de 2023.

Publicado

14-02-2024

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES

Cómo citar

La exoneración del crédito público en el Derecho transitorio tras la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal: Derecho concursal. (2024). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 799, 3021-3047. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/259