EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE UN MES COMO ANTELACIÓN EN LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS.
Palabras clave:
CÓMPUTO DE PLAZOResumen
El plazo del mes establecido en el artículo 97 de la Ley de Sociedades Anónimas ha de computarse de fecha a fecha, lo que significa que para el cómputo correcto del vencimiento del citado mes debe haber transcurrido en su totalidad el mismo día del mes siguiente a la publicación de la convocatoria de la junta, pese al análisis de la cuestión que realiza la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 10 de enero de 2007.



