“NEGLIGENCIA PROFESIONAL DE ABOGADO. SÓLO PUEDE DEJARSE LA DETERMINACIÓN DE LA CUANTÍA DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS PARA EL TRÁMITE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CUANDO SE DECLARA LA REALIDAD Y EXISTENCIA DE LOS DAÑOS (S.T.S. 3-07-2001)”. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, no. 685 (October 31, 2004): 2547 a 2547. Accessed December 22, 2024. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/3124.