[1]
“INCLUSIÓN DE VIVIENDA EN EL CAUDAL HEREDITARIO DE LA CAUSANTE QUE FALLECIÓ EN ESTADO DE SOLTERA Y HABÍA DONADO A UNA HERMANA, SUCEDIÉNDOLA COMO HEREDERA SU MADRE. COLACIÓN HEREDITARIA IMPROCEDENTE, POR NO TENER LOS HERMANOS LA CONDICIÓN DE HEREDEROS FORZOSOS DE LA CAUSANTE”., RCDI, no. 687, p. 302 a 304, Feb. 2005, Accessed: Dec. 22, 2024. [Online]. Available: https://revistacritica.es/rcdi/article/view/3069