LA OBLIGACIÓN DE RESTITUIR SURGE CUANDO SE RECIBE UNA COSA QUE NO HAY DERECHO A COBRAR Y QUE POR ERROR ES INDEBIDAMENTE ENTREGADA. (2006). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 693, 319 a 324. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2918