[1]
2005. MARCAS TRIDIMENSIONALES. PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE REGISTRAR COMO MARCA LAS FORMAS QUE VENGAN IMPUESTAS POR RAZONES DE ORDEN TÉCNICO O POR LA PROPIA NATURALEZA DE LOS VALORES QUE AFECTEN A SU VALOR INTRÍNSECO. NULIDAD DE LA MARCA TRIDIMENSIONAL CONSISTENTE EN LA REPRESENTACIÓN GRÁFICA DEL LADRILLO DE CONSTRUCCIÓN. EL LLAMADO «CASO LEGO». Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. 690 (Aug. 2005), 1471 a 1478.