La actividad de gestión del Compliance Officer: contrato y propuesta de contenido

Autores/as

  • JUAN CARLOS VELASCO-PERDIGONES

Palabras clave:

Contrato, Oficial de cumplimiento, Supervisión, Contenido contractual, Prestación de servicios, Profesional, Riesgo

Resumen

El reconocimiento de la responsabilidad penal de la persona jurídica, introducida con la reforma del Código Penal en el año 2010, ha supuesto el origen de una nueva realidad social y económica: los servicios de cumplimiento normativo o servicios de Compliance. El nacimiento de nuevas necesidades corporativas, como consecuencia de la modificación del principio societas delinquere non potest, ha impulsado una novedosa forma de relacionarse en el plano profesional. El Compliance se viene considerando, así, como un sector en auge que demanda la delimitación del contenido contractual en cuya virtud se presta este servicio. La puesta en el mercado de los servicios de Compliance ha generado un punto de inquietud e inseguridad en este ámbito, ante el desconocimiento de los elementos que integrarán las relaciones jurídico-contractuales para la prestación de este nuevo servicio. La aproximación al contrato de Compliance, y el esbozo de una propuesta de contenido de las prestaciones que han de asumir las partes del contrato, vienen a ser la piedra angular de este estudio. Se parte de la esencial función de supervisión, vigilancia y control de los modelos de organización y gestión penal que reseña el art. 31 bis CP, sobre las que el Compliance Officer se constituirá como principal actor. Esta función se configura como una actividad de finalidad principal sobre la que se han de construirse las prestaciones del atípico contrato de Compliance. Sin embargo, ha de comportar el complemento de otras previas y posteriores como: la prevención; la información y el reporte al órgano de administración de la persona jurídica, aparte de otras actividades ajenas a la estricta gestión (v.gr. diseño, elaboración e implantación de los modelos preventivos). Este trabajo pretende poner de relieve y dar visibilidad a la eventual relación contractual entre el sujeto que desempeña profesionalmente la labor de Compliance y la persona jurídica que demanda los servicios de cumplimiento, para posteriormente proponer un contenido contractual al que las partes puedan acudir.

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Publicado

30-04-2021

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2013-2021)

Cómo citar

La actividad de gestión del Compliance Officer: contrato y propuesta de contenido. (2021). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 784, 1241 a 1289. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/781