La sucesión hereditaria: la transmisión del ius delationis

Autores/as

  • Ana Isabel Berrocal Lanzarot Profesora Contratada Doctora de Derecho Civil (acreditada a Profesora Titular). UCM.

DOI:

https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.808.09

Palabras clave:

Vocación, delación (ius delationis), sucesión, transmisión del derecho de aceptar o repudiar la herencia, llamamiento para suceder, legado, causante, heredero, derecho de representación y derecho de acrecer

Resumen

En el momento del fallecimiento del causante son llamados todos los posibles sucesores, ya por haberlo dispuesto el causante en testamento, ya sea diferido por mandato de ley (vocación). Por su parte, la delación atribuye con carácter inmediato el derecho a aceptar o repudiar la herencia. Si el instituido acepta, adquiere la herencia, si repudia se produce una vacante personal que se resolverá llamando a la herencia a los sustitutos vulgares, a los coherederos en virtud del derecho de acrecer o a los herederos abintestato. Pero puede suceder que el instituido fallezca sin haber ejercitado la delación. En este caso, la falta de heredero es resuelta por el artículo 1006 del Código Civil disponiendo la transmisión del derecho a aceptar o repudiar la herencia a los herederos del fallecido. El Código Civil considera que la delación se puede transmitir mortis causa, por lo que serán los herederos del transmitente (transmisarios) quienes adquirirán el derecho a aceptar o repudiar la herencia del primer causante. En el presente estudio, se analiza el alcance, presupuestos, naturaleza y efectos del derecho de transmisión contenido en el citado artículo 1006 del Código Civil, su relación con otros institutos sucesorios y la controversia que, ha recuperado buena parte de su protagonismo, prueba de ello es la sentencia del Tribunal Supremo, del Pleno de la Sala de lo Civil, de 11 de septiembre de 2013, relativa a si el transmisario que ejercita el ius delationis y acepta la herencia del llamado-trasnmitente sucede directamente al primer causante o resulta necesaria una doble transmisión hereditaria; y la revisión de la materia que ha operado en la últimas resoluciones de la DGSJFP.

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Publicado

09-05-2025

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES. SUCESIONES(2022-2026)

Cómo citar

La sucesión hereditaria: la transmisión del ius delationis. (2025). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 808, 1051-1132. https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.808.09