¿El “documento de primera disposición” de las hipotecas multidivisa de Bankinter es un muro infranqueable para superar el control de transparencia?
DOI:
https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.808.04Palabras clave:
Derecho de consumo, hipoteca multidivisa, Bankinter, documento de primera disposición, control de transparenciaResumen
Este trabajo tiene por objeto el análisis de la jurisprudencia del Tribunal Supremo dictada desde septiembre de 2022 hasta la actualidad, que ha reconocido, en la inmensa mayoría de casos, que el llamado “documento de primera disposición” de las hipotecas multidivisa ofrecidas por Bankinter, permite superar el control de transparencia de los préstamos en moneda extranjera ofrecidos por esta entidad bancaria. El análisis se detiene en aquellos aspectos más relevantes que han permitido sustentar, según la doctrina del Tribunal Supremo, que el documento de primera disposición cumple las exigencias del control de transparencia, como son la información contenida en el documento, el plazo de suministro al consumidor y la firma del documento. A pesar de que, en la inmensa mayoría de resoluciones el documento de primera disposición permite superar el control de transparencia, consideramos que en algunos casos la falta de un tiempo de reflexión suficiente entre el suministro del documento y la firma del préstamo es una circunstancia que impediría superar el control de transparencia, por no tener el consumidor tiempo suficiente para valorar la carga jurídica y económica del contrato.
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